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Cancelación de factura: separar la solicitud del emisor y la respuesta
Identifica quién debe actuar, qué UUID corresponde al trámite y qué estado falta consultar. Una petición al emisor no demuestra que ya se canceló el CFDI.
Respuesta directa
¿Pedir al emisor que cancele equivale a enviar la solicitud al SAT?
No. Una petición entre las partes y la solicitud de cancelación son registros distintos. El proceso del SAT indica que el emisor envía la solicitud por el portal o un proveedor de certificación; cuando se necesita aceptación, el receptor recibe el aviso correspondiente. Identifica el responsable y el UUID antes de marcar el trámite como iniciado o concluido.
Fuente consultada 2026-10-17: SAT: proceso y motivos de cancelación.
Seguimiento por responsable y comprobante
| Paso | Responsable o registro | Evidencia que falta si solo hay un mensaje |
|---|---|---|
| Petición inicial | Persona que solicita al emisor revisar la factura | Confirmación de qué comprobante y operación se revisan. |
| Solicitud de cancelación | Emisor, mediante canal admitido | UUID solicitado, motivo y respuesta del sistema. |
| Aceptación cuando corresponda | Receptor, mediante canal admitido | Respuesta que corresponda a esa solicitud. |
| Sustitución con motivo 01 | Original y sustituto vinculados por folio fiscal | Que el folio sustituto sea el previsto para esa operación. |
| Consulta final | Estado del mismo CFDI original | Resultado y fecha de consulta, sin confundirlo con el sustituto. |
Ejemplo con letras: el receptor pide cancelar A y recibe un correo que dice “lo revisamos”. Ese correo no demuestra que el emisor haya enviado la solicitud, ni que A esté cancelado. En la lista, la petición está registrada y la solicitud sigue por comprobar. Si después aparece un aviso para aceptar B, no lo uses para cerrar A: compara primero el comprobante. Cuando exista sustituto, conserva ambas filas y su relación. El método evita mezclar responsables y documentos; no decide el motivo fiscal ni el efecto de una solicitud repetida.
Puntos de control
- Identificar original, operación y responsable de cada paso.
- Distinguir petición privada de solicitud enviada por el canal admitido.
- Verificar la aceptación solo cuando corresponda y para el mismo UUID.
- Consultar el estado final del original y conservar el vínculo con el sustituto.
Control de dos comprobantes vinculados
| Registro | Comprobación | Error que detectar |
|---|---|---|
| CFDI original A | UUID al que corresponde la solicitud | Consultar B y marcar A como cancelado. |
| Sustituto B | UUID indicado en la solicitud con motivo 01 | Copiar el folio de otro documento C. |
| Respuesta y estado | Mismo UUID original, consulta y fecha registradas | Cerrar el caso solo porque existe un acuse. |
Ejemplo con letras, sin UUID reales: A es la factura que se corrige; B es el sustituto previsto; C pertenece a otra operación. El motivo 01 está seleccionado, pero la solicitud contiene el folio de C. El nombre del archivo “sustituto-final” no corrige ese cruce. Contrasta la referencia directamente con el comprobante antes del envío. Si la solicitud ya se envió, guarda el historial y revisa el procedimiento aplicable con el SAT o tu asesor; no ocultes la discrepancia marcando el caso como resuelto.
Preguntas frecuentes
¿Puedo marcar cancelado solo porque el receptor está de acuerdo?
No. El acuerdo entre las partes no sustituye el procedimiento y la consulta del estado del CFDI. Registra qué paso se ha realizado y comprueba el resultado en el canal oficial o autorizado.
Guía independiente para México; proceso SAT leído el 17/10/2026. No determina plazos máximos del ejercicio, excepciones o efectos de solicitudes repetidas. Sin UUID, e.firma ni datos de clientes reales.