CFDI · solicitud repetida

¿El receptor no respondió? Confirma si era la primera solicitud antes de esperar cancelación automática.

El efecto del silencio puede cambiar entre la primera solicitud y solicitudes posteriores. Guarda folio, fecha, respuesta y estado fiscal por intento; no mezcles acuses.

Direct answer

El SAT indica que el receptor dispone de tres días hábiles desde el día siguiente; en la primera solicitud el silencio puede considerarse aceptación, pero en solicitudes posteriores la cancelación no procede hasta que el receptor acepte.

Portal SAT, acuses, PAC y normativa vigente prevalecen. Esta página no es asesoría fiscal.

Fuente revisada 01-08-2026: SAT — nuevo esquema de cancelación.

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segunda solicitud cancelación CFDI sin respuesta checklist

Help Mexican issuers distinguish repeated cancellation outcomes. Updated 2026-08-01.

Checklist controls

DatoQué validarPrueba
IntentoPrimera o posterior solicitud.Historial.
RecepciónFecha del aviso al receptor.Acuse.
PlazoTres días hábiles desde el día siguiente.Cálculo.
EstadoRespuesta y estatus final del UUID.Consulta SAT.

No mezclar

Un acuse por solicitud.

Ordena intentos cronológicamente.

Silencio

No siempre produce el mismo efecto.

Confirma si es primera solicitud.

Límite

Consulta el UUID otra vez.

La espera por sí sola no prueba el estado fiscal.

Historial de solicitudes

  1. Enumerar cada solicitud.
  2. Guardar recepción y acuse.
  3. Calcular tres días hábiles.
  4. Registrar respuesta o silencio.
  5. Consultar estatus final del UUID.

FAQ

¿El silencio siempre cancela?
No; el SAT distingue la primera solicitud de las posteriores.
¿Son tres días naturales?
El portal SAT indica tres días hábiles desde el día siguiente.
¿Es asesoría fiscal?
No.

Updated 2026-08-01. This page is independent and does not replace official services, professional advice or site-specific rules.